Como comentamos en un comunicado anterior, la empresa realizó un cambio de horario de una persona sin seguir los trámites establecidos y sin dar la oportunidad al trabajador de aceptarlo o no. Se hizo denuncia a la Inspección de Trabajo. La inspección, nos da la razón y ha sancionado a la empresa.
A pesar de que la empresa te diga que el
cambio de horario es legal, no lo es y la empresa ya ha recibido DOS SANCIONES.
Modificación
Sustancial de las Condiciones de Trabajo (MSCT)
Existe
un horario general pactado por contrato y además un acuerdo de jornada
intensiva, pese a esto, la empresa de manera unilateral decidió cambiar el
horario de una persona, desplazando su hora de entrada durante la jornada
intensiva y en invierno de manera que salía a las 20h/21h (incluido los viernes).
Estos hechos fueron denunciados a la Inspección de Trabajo, en el ámbito del
Comité de Empresa por petición y con la activa colaboración de CGT, CSIF y UGT.
Este tipo de modificaciones deben seguir unos trámites informando
correctamente al trabajador y al Comité.
Estos
trámites son los del Artículo 41 del ET, informando por escrito de los motivos
(insistimos que deben estar justificados) del cambio horario y dando la opción
al trabajador de aceptarlos o solicitar una indemnización por dicho cambio y abandonar
la empresa. Avanade no siguió estos trámites y la Inspección de Trabajo ha
intervenido y la ha sancionado.
No
es la primera vez que esto ocurre, desde CGT detectamos otro caso, el
cuál fue denunciado a la Inspección de Trabajo en el ámbito del Comité. Esta es
por tanto la segunda sanción que la empresa recibe por modificar un horario.
Conoce
tus derechos. Exige que se respete el horario establecido.
Ante
situaciones de este tipo, a pesar de que la empresa te diga que es legal,
tienes que tener claro QUE NO LO ES.
Desafortunadamente,
hemos tenido conocimiento que hay 17 personas en Airbus afectadas también por
cambios de horario a las que se las obliga a salir a las 19h (incluidos
viernes) cuando según el horario oficial de ese cliente se sale a las 15h.
Debes saber que no te pueden desplazar el horario de manera unilateral. Tiene
que estar correctamente justificado, debe informarse al Comité de Empresa y
tienen que informarte por escrito, dándote la opción de aceptar este horario o
pedir una indemnización de 20 días por año y abandonar la empresa.
Desde CGT consideramos que para poder cumplir este
horario hay otras soluciones que no pasan por una modificación unilateral del
mismo, si bien la empresa se ha negado hasta el momento a tenerlas en cuenta.
Nos preocupa especialmente esta situación cuando llegue jornada intensiva, por
lo que te pedimos que te pongas en contacto con nosotros si estás afectado.
No hay comentarios:
Publicar un comentario