martes, 22 de enero de 2019

Sentencia Conflicto Colectivo proyectos 40 horas semanales

Como muchos recordaréis, en 2017 debido a la supresión de la jornada intensiva en proyectos de 40 horas semanales todo el año, CGT puso un conflicto colectivo.


La Audiencia Nacional dictó sentencia indicando que el conflicto no tenía homogeneidad, y no se podía plantear como conflicto colectivo. Dicha sentencia fue recurrida por CGT y el Tribunal Supremo dictaminó que el conflicto si era homogéneo (es decir que tenía un grupo de afectados con las mismas características) y que  la Audiencia Nacional debía emitir una sentencia.

Desafortunadamente la sentencia no es positiva. En cualquier caso nosotros la hemos recurrido.

Tras leer la sentencia nos preguntamos ¿ha influido el hecho de que el juez tenga que emitir sentencia obligado por el Tribunal Supremo?, porque leyendo la sentencia vemos argumentos bastante contradictorios.

Tras exponer el artículo 20 obtiene las siguientes conclusiones:
  1. La jornada anual son 1800 horas
  2. En agosto tiene que haber jornada intensiva de 36 horas semanales
  1. Los trabajadores deben atenerse al horario de la empresa destino
  2. Debe respetarse el límite de horas mensuales de la empresa origen.

Después de reconocer que el convenio limita el número de horas mensuales cuando se está desplazado, interpreta que "atenerse al horario de cliente" es cumplir dicho horario a rajatabla (aunque no se cumplan el resto de puntos del artículo 20) y que por lo tanto no es posible cumplir el número de horas mensuales (WTF???). Obviamente en la práctica atenerse al horario de cliente, es adaptar la hora de entrada, tiempo para comer, etc. pero no implica que tengas que tener la misma jornada semanal ni mensual que el cliente.

Pese a esta sentencia en CGT no nos rendimos y continuaremos luchando con todas las armas que tenemos y en todos los ámbitos. Agradecemos el apoyo que estamos recibiendo por parte de CSIF ya que está adherido a nuestra demanda y continua apoyándonos en su reivindicación en las reuniones con la empresa, frente a aquellos que no colaboran y solo hacen críticas a hechos consumados.



SI LUCHAS PUEDES PERDER,

SI NO LUCHAS ESTÁS PERDIDO!!!




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